Guías, comparativas y calculadoras de autoconsumo · Estimación orientativa y opciones donde pedir presupuesto

Mapa de España con instalaciones solares en distintas ciudades

Instaladores de placas solares en España 2026 · directorio por ciudad

Directorio por ciudad de empresas que declaran cobertura para instalar fotovoltaica de autoconsumo, con la guía completa para acreditar a un instalador, comparar presupuestos y firmar sin sustos. 30 ciudades. Sin puntuaciones, sin estrellas y sin rankings de empresas.

Cómo elegir instaladores de placas solares: la respuesta corta

Un instalador válido es una empresa instaladora habilitada en baja tensión, dada de alta mediante declaración responsable ante el órgano de industria de su comunidad autónoma, con categoría especialista para instalaciones generadoras, seguro de responsabilidad civil vigente y personal acreditado para trabajar en cubiertas. Todo lo demás (antigüedad, tamaño, marca de los paneles, campañas de descuento) llega después. Para comparar de forma justa necesitas al menos tres presupuestos escritos que expresen la misma potencia pico en kWp, la misma marca y modelo de módulo e inversor, el mismo alcance de obra y el mismo tratamiento de la legalización y la tramitación de ayudas. Si un presupuesto no permite ese contraste línea a línea, no es un presupuesto: es un folleto con un número al final.

Esta página es un directorio por ciudad. Reúne empresas que declaran cobertura en cada provincia para que puedas pedirles oferta. No las puntuamos, no las ordenamos por calidad y no publicamos notas, estrellas ni porcentajes de satisfacción, porque no hacemos auditorías de obra ni encuestas a sus clientes. Lo que sí te damos es el criterio con el que se juzga un presupuesto solar y las preguntas concretas que separan a una empresa seria de una operación de venta agresiva.

Qué acredita de verdad a un instalador autorizado

En España no existe un carné personal de «instalador solar». Lo que existe es la figura de empresa instaladora habilitada en baja tensión, regulada por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RD 842/2002) y su instrucción ITC-BT-03, con la reforma que introdujo el RD 560/2010. Desde entonces el sistema no funciona con autorizaciones administrativas previas: la empresa presenta una declaración responsable ante el órgano competente en materia de industria de su comunidad autónoma y queda inscrita en el registro correspondiente. Esa inscripción se puede consultar, y tú puedes pedir el número.

La reglamentación distingue dos categorías. La básica cubre instalaciones eléctricas de baja tensión generales. La especialista añade los ámbitos que exigen conocimientos concretos, y entre ellos están las instalaciones generadoras de baja tensión, que es exactamente lo que es una fotovoltaica de autoconsumo doméstico. Cuando pidas la acreditación, no te conformes con «somos instaladores autorizados»: pide la categoría y el ámbito. Es una diferencia que se ve en el papel.

Los cinco documentos que puedes exigir antes de firmar

  • Número de empresa instaladora habilitada y comunidad autónoma donde está registrada, con la categoría (básica o especialista) y el ámbito de instalaciones generadoras.
  • Póliza de responsabilidad civil en vigor con el recibo del ejercicio actual. La reglamentación obliga a tener seguro; el recibo demuestra que sigue pagado. Comprueba que la cobertura incluye daños a la cubierta y a terceros.
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Es el documento que suele revelar a las empresas que subcontratan a estructuras informales.
  • Formación en trabajos en altura del equipo que va a subir a tu tejado y plan de seguridad para la obra. Una caída desde una cubierta sin plan de seguridad puede acabar en tu puerta si la empresa no está en regla.
  • Nombre del técnico competente que firmará la memoria técnica de diseño o el proyecto, según la potencia. No siempre es alguien de la plantilla; conviene saberlo desde el principio.
Una empresa que responde con evasivas a la pregunta «¿cuál es tu número de empresa instaladora habilitada y en qué comunidad?» te está dando toda la información que necesitas. No es una pregunta hostil: es la primera que hace cualquier técnico municipal cuando revisa un expediente.

Instalador local, comercializadora o plataforma: no es lo mismo

Cuando pides presupuesto puedes acabar hablando con tres tipos de interlocutor muy distintos, aunque todos usen la palabra «instalador». El instalador local ejecuta la obra con su propio equipo y responde de ella. La comercializadora eléctrica o marca nacional vende el paquete y subcontrata la ejecución a una red de instaladores de cada zona. La plataforma de captación no instala nada: recoge tu solicitud y la reparte entre empresas que le pagan por cada contacto.

Ninguno de los tres modelos es malo por definición, pero cambian dos cosas que te afectan directamente: a quién reclamas si algo falla y quién controla la calidad del montaje. Con una marca nacional que subcontrata, tu contrato es con la marca, y eso es una ventaja si la empresa subcontratada desaparece. Con un instalador local, la respuesta suele ser más rápida y la persona que te atiende conoce tu tejado. Con una plataforma, el contrato acabará siendo con la empresa que te llame, así que la diligencia sobre habilitación y seguro recae entera sobre ti. Pregunta siempre, sin rodeos: «¿quién firma el contrato de obra y quién sube al tejado?».

Qué debe incluir un presupuesto solar serio y comparable

La mayor parte de las malas experiencias con instalaciones fotovoltaicas no nacen de una estafa, sino de una comparación mal hecha. Dos ofertas de 5 kWp pueden diferir en varios miles de euros porque una incluye protecciones, estructura homologada, monitorización, legalización y tramitación, y la otra deja fuera media obra. Un presupuesto comparable tiene que permitirte enfrentar partida contra partida.

Las quince líneas que no pueden faltar

  1. Potencia pico en kWp y número exacto de módulos, con marca, modelo y potencia unitaria en vatios.
  2. Inversor: marca, modelo, potencia nominal en kW, si es de cadena, híbrido o con microinversores, y número de seguidores MPPT.
  3. Optimizadores o microinversores, cuando hay sombras parciales, con el motivo técnico por escrito.
  4. Estructura de soporte: tipo (coplanar, triangular, lastrada), material, marca y sistema de fijación previsto para tu tipo de cubierta.
  5. Tipo de cubierta identificado (teja árabe, teja plana, chapa sándwich, fibrocemento, cubierta plana transitable) y método de sellado.
  6. Protecciones de continua y de alterna: seccionadores, fusibles, protector contra sobretensiones, diferencial y magnetotérmico dedicados.
  7. Cableado y canalizaciones, con metros estimados y recorrido previsto desde la cubierta hasta el cuadro.
  8. Puesta a tierra de estructura y equipos.
  9. Monitorización: si la hay, qué mide (solo producción o también consumo), si necesita internet y si la aplicación tiene coste tras el primer año.
  10. Batería, si se ofrece: capacidad útil en kWh, química, número de ciclos garantizados y profundidad de descarga.
  11. Mano de obra, medios de elevación y gestión de residuos, desglosados.
  12. Legalización: memoria técnica de diseño o proyecto, certificado de instalación eléctrica, visado si procede y tasas.
  13. Tramitación administrativa: comunicación a la distribuidora, alta en el registro de autoconsumo, gestión de la modalidad de compensación y solicitud de licencias o declaración responsable municipal.
  14. Impuestos: tipo aplicado y sobre qué base. En península y Baleares se aplica IVA; en Canarias el impuesto es el IGIC, así que un presupuesto canario que hable de «IVA reducido de obra» está usando una plantilla peninsular.
  15. Plazos y condiciones: fecha de ejecución, validez de la oferta, calendario de pagos y penalización por retraso.

El estudio de producción: pídelo y comprueba de dónde sale

Un presupuesto serio adjunta una estimación de producción anual en kWh y explica con qué herramienta se ha calculado. La referencia pública más usada en Europa es PVGIS, el simulador del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea, que es gratuito y puedes usar tú mismo. Introduces tus coordenadas, la inclinación y la orientación, y te devuelve la producción esperable. Con eso puedes verificar si la cifra del comercial es plausible o está inflada.

Como orden de magnitud, la producción específica de una instalación bien orientada en España se mueve aproximadamente entre 1.250 y 1.400 kWh por kWp y año en la franja norte peninsular y entre 1.500 y 1.700 kWh por kWp y año en el sur y en Canarias. Si alguien te promete 2.000 kWh por kWp en una cubierta orientada al norte, ya sabes que el resto del documento merece la misma confianza. Y exige que el estudio recoja las sombras reales: la chimenea, el castillete de la escalera, el edificio de enfrente y el árbol del vecino. Una simulación sin sombras no vale para nada.

Cuánto cuesta y por qué varía tanto de una oferta a otra

Los rangos que siguen son orientativos y de mercado: sirven para detectar una oferta fuera de rango, no para sustituir a un presupuesto. El precio real depende del tipo de cubierta, de la distancia entre los paneles y el cuadro, de la necesidad de grúa, de la marca elegida y de la zona. Contrasta siempre con las ofertas que recibas.

Partidas de una instalación fotovoltaica residencial y qué hace que suban o bajen (rangos orientativos de mercado, 2026)
PartidaPeso en el totalRango orientativoQué la dispara
Módulos fotovoltaicos20-30 %0,20-0,40 €/WpMarca de primera línea, módulos de alta eficiencia o formato reducido para cubiertas complicadas
Inversor10-20 %700-2.500 € según potenciaHíbrido preparado para batería, monofásico frente a trifásico, microinversores por sombras
Estructura y fijaciones8-15 %60-150 € por móduloCubierta de teja árabe, fibrocemento, cubierta plana con lastre o inclinación forzada
Protecciones y cableado8-12 %400-1.200 €Distancia larga hasta el cuadro, cuadro antiguo que hay que renovar, protector de sobretensiones
Mano de obra y medios20-30 %VariableAlturas, acceso complicado, necesidad de grúa o plataforma elevadora, obra en dos jornadas
Legalización y tramitación3-8 %250-700 €Potencia que obliga a proyecto en vez de memoria técnica, tasas municipales, visado
Batería (opcional)Se suma aparte3.000-8.000 € según capacidadCapacidad útil en kWh, química, marca y si obliga a cambiar de inversor
Conjunto llave en mano100 %1,00-1,80 €/Wp instaladoLa suma de todo lo anterior; por debajo del rango, sospecha de partidas omitidas

Lectura práctica: una instalación doméstica de 3 kWp suele moverse en el entorno de los 4.000 a 6.000 € y una de 5 kWp entre 5.500 y 8.500 €, sin batería y sin ayudas. Si recibes una oferta muy por debajo, busca qué falta; si está muy por encima, pide el desglose de la partida que la infla.

El truco del «precio final» sin decir cuánto es

Una práctica extendida consiste en presentar el precio ya descontada una ayuda que todavía no se ha concedido, o directamente presentada como segura. El resultado es un número atractivo que no puedes comparar con el de la competencia, porque el otro presupuesto está sin descontar. Exige siempre dos cifras separadas: precio de la instalación con impuestos incluidos, y estimación de ayuda como partida aparte, con la advertencia de que depende de una convocatoria que puede no salir, agotar fondos o resolverse en tu contra.

El mismo criterio se aplica a la amortización. Si el instalador te calcula el retorno de la inversión sobre un precio ya rebajado por una ayuda hipotética, el plazo que te sale es ficticio. Pide la amortización sobre el precio que vas a pagar de verdad el día de la firma.

Quién tramita la legalización, el boletín y la conexión

Una instalación de autoconsumo no termina cuando el último panel queda atornillado. Termina cuando está legalizada y conectada en la modalidad correcta. Este bloque es el que más veces se queda fuera de los presupuestos baratos, y es el que decide si vas a poder descontarte los excedentes en la factura.

Documentación técnica: memoria o proyecto

La regla general en baja tensión es que las instalaciones generadoras de hasta 10 kW se resuelven con una memoria técnica de diseño firmada por la empresa instaladora habilitada, mientras que por encima de esa potencia se exige proyecto redactado por técnico titulado competente. Sobre esa documentación se emite el certificado de instalación eléctrica, el papel que en la calle se llama «boletín», que la empresa instaladora presenta y que el órgano de industria de tu comunidad diligencia o registra. Sin ese certificado sellado no hay conexión regular.

Permisos de acceso y conexión

El Real Decreto 244/2019 simplificó mucho el trámite para las instalaciones pequeñas: las de generación de hasta 15 kW situadas en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios exigidos por la legislación urbanística están exentas de obtener permisos de acceso y conexión. Eso cubre a la inmensa mayoría de las viviendas unifamiliares y de los edificios en ciudad. Lo que sí hay que hacer es la comunicación a la distribuidora a través de la comercializadora, para que se actualice tu contrato y se active la modalidad de autoconsumo.

Ayuntamiento y registro autonómico

En paralelo hay dos trámites más. En el ayuntamiento, la obra requiere licencia o declaración responsable según la ordenanza, y devenga el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Muchos municipios tienen aprobadas bonificaciones potestativas en ese impuesto y en el IBI para instalaciones de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, con el límite máximo que fija el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Son bonificaciones municipales y voluntarias: existen donde el pleno las ha aprobado y con los requisitos que ese pleno haya fijado, así que hay que consultar la ordenanza fiscal de tu municipio y no dar por hecho lo que diga un comercial.

El segundo trámite es la inscripción en el registro administrativo de autoconsumo de tu comunidad autónoma, que se nutre de la documentación anterior. Pregunta explícitamente quién lo hace, en qué plazo y qué justificante te van a entregar. La respuesta correcta es que lo hace la empresa instaladora, que está incluido en el precio y que te entregan copia de todo.

Guarda en una carpeta, en papel y en digital: contrato firmado, presupuesto aceptado con su desglose, memoria técnica o proyecto, certificado de instalación eléctrica sellado, certificados de garantía de módulos e inversor con sus números de serie, fotografías de la instalación terminada y justificante del alta de autoconsumo. Ese dossier es lo que te salva cuando, cinco años después, hay que reclamar y la empresa ya no es la misma.

Ayudas: cómo se habla de ellas sin engañar a nadie

Las ayudas al autoconsumo en España se han canalizado por vías muy distintas y con convocatorias que abren, cierran y agotan presupuesto en plazos cortos y desiguales por comunidad autónoma. Por eso aquí no vas a encontrar importes ni porcentajes: cualquier cifra que publicáramos hoy podría estar caducada mañana y falsearía el precio final que te presenta un instalador. Lo que sí se puede afirmar con seguridad es el método:

  • Comprueba la convocatoria vigente en el organismo energético de tu comunidad autónoma antes de firmar nada, y la fecha de cierre.
  • No inicies la obra antes de presentar la solicitud si la convocatoria exige que la actuación sea posterior. Es el error que más ayudas tumba, y es irreversible.
  • La ayuda no es un descuento: normalmente se resuelve y se cobra meses después, así que tu tesorería tiene que aguantar el importe completo.
  • Las bonificaciones locales de IBI e ICIO se piden aparte, en tu ayuntamiento, con sus propios plazos y su propia documentación.
  • La deducción estatal en el IRPF por obras que reducen el consumo de energía primaria no renovable exige certificados de eficiencia energética anteriores y posteriores a la obra, y su vigencia se ha ido prorrogando ejercicio a ejercicio. Confirma en la Agencia Tributaria si sigue aplicándose al ejercicio en que ejecutes la obra antes de contar con ella.
  • El Plan MOVES III es un programa de movilidad eléctrica: financia vehículos eléctricos y puntos de recarga. No subvenciona placas solares ni bombas de calor. Si un comercial te lo ofrece para tu fotovoltaica, ya sabes qué nivel de rigor tiene el resto de su argumentario.

Garantías por escrito: cuáles son, quién responde y cuánto duran

La palabra «garantía» se usa en el sector para cosas muy distintas, y el comercial rara vez las separa. Hay cuatro garantías diferentes en juego, con emisores diferentes y plazos diferentes, y conviene tenerlas identificadas antes de firmar porque el día que falle algo tendrás que saber a quién llamar.

Las cuatro garantías de una instalación fotovoltaica y sus plazos habituales en el mercado
GarantíaQuién respondePlazo habitual en el mercadoQué comprobar en el papel
Producto del móduloFabricante del panel10-15 años, con marcas que llegan a 25Que cubra defecto de fabricación y no solo rotura de transporte; quién paga la mano de obra del cambio
Rendimiento del móduloFabricante del panel25-30 años, con degradación linealEl porcentaje de potencia garantizado al año 25 y cómo se mide la pérdida
InversorFabricante del inversor5-12 años, ampliable con pagoSi la ampliación hay que registrarla en un plazo desde la puesta en marcha; si es sustitución o reparación
Instalación y estanqueidadEmpresa instaladora2-5 años como práctica común; conviene negociar hasta 10Que mencione expresamente filtraciones en cubierta y anclajes, y que incluya desplazamiento y mano de obra

La garantía legal que nadie te menciona

Por encima de lo que diga el folleto del fabricante, si compras como consumidor tienes la garantía legal de conformidad de tres años para los bienes, plazo que fijó el Real Decreto-ley 7/2021 para las compras a partir del 1 de enero de 2022. Es un mínimo legal: ninguna cláusula puede rebajarlo, y toda garantía comercial se suma a él en lugar de sustituirlo. Si un contrato te dice que «la garantía es de dos años», está por debajo de la ley.

La obra en sí (el montaje, los anclajes, la estanqueidad) se rige por el contrato que firmes y por las reglas civiles de responsabilidad del contratista. Si tu fotovoltaica forma parte de una obra de edificación sujeta a la Ley de Ordenación de la Edificación, entran en juego sus plazos de uno, tres y diez años; en una instalación sobre una cubierta ya existente lo más frecuente es que no aplique y que mande lo que ponga tu contrato. Ese es justo el motivo por el que la garantía de instalación por escrito importa tanto: es el papel que llena ese hueco.

La pregunta que resuelve una garantía en la práctica

Que el panel tenga 25 años de garantía de rendimiento suena muy bien hasta que uno falla al séptimo año. Entonces aparece la pregunta real: ¿quién paga la grúa, el desmontaje, el montaje del panel nuevo y el desplazamiento del técnico? Muchas garantías de fabricante cubren solo el suministro del módulo de repuesto, y la mano de obra corre por tu cuenta salvo que la empresa instaladora la haya asumido por escrito. Pregúntalo con esas palabras y pide que la respuesta quede en el contrato.

La segunda pregunta útil es qué pasa si la empresa instaladora cierra. Las garantías de fabricante siguen vivas porque son del fabricante, pero necesitarás el número de serie de cada equipo y la factura. Exige que el dossier de entrega incluya los números de serie de todos los módulos y del inversor. Sin ellos, reclamar a un fabricante es muy difícil.

Compensación de excedentes: por qué tu ahorro no es el que te prometen

Aquí está la diferencia entre una oferta honesta y una oferta de folleto. El Real Decreto 244/2019 regula el autoconsumo y crea la compensación simplificada de excedentes, disponible para instalaciones de generación de hasta 100 kW acogidas a esa modalidad. Funciona así: la energía que produces y consumes en el mismo instante te la ahorras entera, con impuestos y peajes incluidos, porque no la compras. La que te sobra y viertes a la red se te compensa en la propia factura, restando de tu término de energía.

Las tres limitaciones que cambian los números

  1. No es una venta, es un descuento. El valor de tus excedentes en un periodo de facturación no puede superar el importe del término de energía consumida de ese mismo periodo. Si un mes produces mucho más de lo que gastas, la factura puede quedar en cero por la parte de energía, pero no te devuelven dinero.
  2. El saldo no se acumula. Lo que sobra al cerrar la factura no pasa al mes siguiente. Ese verano brillante no te paga el invierno.
  3. El precio del excedente lo fija tu contrato. En el mercado regulado sigue una referencia horaria; en el mercado libre lo pone la comercializadora en su oferta y puede ser muy distinto. Y siempre queda por debajo del precio al que compras. Autoconsumir un kWh vale más que verterlo.

De ahí sale la consecuencia práctica: lo que determina tu ahorro no es cuánto produces, sino cuánto de esa producción consumes en el momento. En una vivienda donde no hay nadie de nueve a seis, el autoconsumo instantáneo sin batería suele quedarse en el entorno de un tercio de lo producido. Desplazar lavadora, lavavajillas, termo, bomba de la piscina o recarga del coche a las horas centrales del día sube ese porcentaje mucho más barato que cualquier equipo adicional. Es la mejora con mejor relación coste-beneficio de todo el proyecto y no cuesta un euro.

Batería física y «batería virtual» no son lo mismo

Una batería física almacena energía en tu casa y la devuelve por la noche: sube tu autoconsumo, encarece la instalación y alarga la amortización, y tiene sentido sobre todo si tienes consumo nocturno alto o cortes de suministro frecuentes. La llamada batería virtual es un producto comercial de algunas comercializadoras que convierte tus excedentes en un saldo económico aplicable a otras facturas o a otros suministros. No es una figura regulada como la compensación simplificada, sino una oferta contractual: sus condiciones, su caducidad y su valoración del kWh los fija cada compañía y pueden cambiar. Léelas antes de dar por hecho un ahorro.

Un buen instalador te dirá si en tu caso la batería sale a cuenta o no, incluso cuando la respuesta sea que no. Un vendedor te la meterá siempre, porque es la partida con más margen del presupuesto.

Señales de alarma en la venta a puerta fría y en la financiación

El autoconsumo doméstico atrajo a estructuras comerciales muy agresivas, y muchas de las quejas que llegan a consumo no van sobre paneles defectuosos, sino sobre cómo se firmó el contrato. Estas son las banderas rojas que conviene reconocer en el minuto uno.

En la venta

  • «El Gobierno lo paga», «coste cero», «ayuda garantizada». Ninguna ayuda está garantizada antes de resolverse.
  • Precio que caduca esta tarde. Una instalación que dura veinticinco años no se decide en veinte minutos. La prisa es la herramienta, no la oferta.
  • Presupuesto sin marca ni modelo de módulos e inversor, o con la fórmula «o similar». Ese «similar» es donde se recorta.
  • Oferta cerrada sin visita técnica ni fotos de tu cubierta ni tus facturas de luz reales de al menos un año.
  • Ahorros expresados en porcentajes redondos («el 90 % de tu factura») sin un estudio de tu curva de consumo detrás. La parte fija de la factura, con la potencia contratada y los cargos, no la elimina ningún panel.
  • Que no te dejen llevarte el contrato para leerlo o que quieran firmarlo en tablet en tu salón sin entregarte copia en ese momento.
  • Regalos condicionados a firmar hoy, o el clásico «te instalamos gratis a cambio de que seas casa piloto y nos traigas vecinos».

En la financiación

La financiación es donde una mala venta se convierte en un problema de años. Cuando el crédito lo ofrece el propio instalador y sirve exclusivamente para pagar esa instalación, estás ante un contrato de crédito vinculado en el sentido de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo. Eso te da dos protecciones que conviene conocer: si el contrato de la instalación queda sin efecto, el contrato de crédito vinculado también decae; y puedes dirigir contra la financiera las reclamaciones que tengas contra el instalador cuando se cumplen los requisitos que fija la ley. Guarda todos los documentos: los dos contratos, la publicidad y las comunicaciones.

  • Exige la TAE, el número de cuotas, el importe total adeudado y las comisiones por amortización anticipada, por escrito y antes de firmar.
  • Desconfía de la «cuota igual a tu factura de luz»: es un argumento de venta, no un cálculo. Tu factura variará y la cuota no.
  • No firmes un crédito cuya duración supere la garantía de los equipos que financia sin haberlo pensado a fondo.
  • Comprueba quién es el prestamista y si está registrado. El comercial no es la financiera.
  • Nunca entregues copia del DNI ni datos bancarios a un comercial que aún no te ha dado presupuesto por escrito con su razón social y su CIF.

Tu derecho de desistimiento cuando firmas en casa

Si el contrato se firma en tu domicilio, en la calle o a distancia (por teléfono o por internet), estás ante un contrato celebrado fuera de establecimiento o a distancia, y el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) te reconoce catorce días naturales para desistir sin justificación. El plazo corre desde la celebración del contrato en los servicios y desde la entrega en los bienes, y la empresa está obligada a informarte de ese derecho y a facilitarte el formulario. Si no te informa, el plazo se amplía.

Hay un matiz que conviene tener presente: la ley recoge excepciones, y una de ellas afecta a los servicios completamente ejecutados cuando la ejecución ha empezado con tu consentimiento expreso previo y con reconocimiento de que perderías el derecho. Por eso la regla práctica es sencilla: no dejes que empiece la obra dentro de esos catorce días si aún no lo tienes decidido, y no firmes ningún documento que renuncie a nada sin haberlo leído. Si desistes, hazlo por un medio del que quede constancia (burofax o correo con acuse) y conserva el justificante.

Qué preguntar antes de firmar: la lista que separa el grano de la paja

Llévate esta lista a las tres reuniones y anota las respuestas. No se trata de acorralar a nadie: un instalador solvente contesta a todo esto en diez minutos y sin ponerse nervioso.

  1. ¿Cuál es tu razón social, tu CIF y tu número de empresa instaladora habilitada, y en qué comunidad estás registrada?
  2. ¿Tienes categoría especialista en instalaciones generadoras de baja tensión?
  3. ¿Quién ejecuta materialmente la obra: personal propio o subcontrata? ¿Con quién firmo el contrato?
  4. ¿Habéis visitado la cubierta y hecho estudio de sombras con las obstrucciones reales?
  5. ¿Con qué herramienta habéis calculado la producción y me entregáis el informe?
  6. ¿Qué marca y modelo exactos de módulo e inversor, y qué pasa si a la hora de instalar no hay stock?
  7. ¿La estructura es la adecuada para mi tipo de cubierta y cómo se sella cada anclaje?
  8. ¿Está incluido el protector contra sobretensiones y las protecciones dedicadas en el cuadro?
  9. ¿Quién redacta la memoria técnica o el proyecto y quién firma el certificado de instalación eléctrica?
  10. ¿Está incluida la tramitación con la distribuidora y el alta en el registro de autoconsumo? ¿En qué plazo?
  11. ¿Gestionáis la licencia o declaración responsable municipal y las tasas van en el precio?
  12. ¿Qué garantía dais sobre la instalación y la estanqueidad de la cubierta, y cuántos años?
  13. Si falla un panel al séptimo año, ¿quién paga la mano de obra y los medios de elevación?
  14. ¿Me entregáis dossier con números de serie de todos los equipos?
  15. ¿Qué calendario de pagos proponéis y qué porcentaje se abona antes de empezar?
  16. ¿Qué penalización asumís por retraso sobre la fecha comprometida?
  17. ¿La ayuda va como partida separada y me indicáis qué convocatoria y qué plazo?
  18. ¿Puedo empezar la obra antes de solicitar la ayuda sin perderla?
  19. Si financio con vosotros, ¿quién es el prestamista, cuál es la TAE y qué comisiones hay?
  20. ¿Qué mantenimiento recomendáis, con qué frecuencia y cuánto cuesta cada visita?
Regla de oro: pide tres presupuestos, pero pídelos con el mismo enunciado. Escribe un correo idéntico a las tres empresas con tu consumo anual en kWh, tu tipo de cubierta, tu orientación y si quieres batería o no. Comparar tres ofertas hechas sobre premisas distintas es perder el tiempo.

Cómo funciona este directorio y qué encontrarás en cada ciudad

Cada página de ciudad recoge empresas que declaran cobertura en esa provincia y un resumen de lo que ellas mismas publican sobre su servicio: si trabajan con instalador propio o con red de colaboradores, si ofrecen batería, si gestionan la legalización y si tramitan ayudas. La información procede de lo que cada empresa publica, y por eso está redactada como declaración de la empresa y no como comprobación nuestra.

No publicamos notas, estrellas, rankings, porcentajes de satisfacción ni «opiniones de clientes» sobre estas empresas. No auditamos sus obras, no encuestamos a sus clientes y no tenemos forma de sostener una puntuación con datos verificables. Marcas como Otovo, SotySolar, Holaluz o Habitissimo son compañías reales que operan en España en el ámbito de la instalación fotovoltaica residencial o de la intermediación entre particulares y profesionales; aparecen en las páginas de ciudad como empresas con cobertura declarada, en orden alfabético o de disponibilidad, sin valoración ni recomendación por nuestra parte. Junto a ellas conviene que pidas presupuesto a instaladores locales de tu provincia, que muchas veces no aparecen en ningún directorio y son quienes mejor conocen las cubiertas y las ordenanzas de tu municipio.

Si buscas una referencia adicional para contrastar, tienes vías públicas y gratuitas: el registro de empresas instaladoras de tu comunidad autónoma, el registro mercantil para ver la antigüedad y las cuentas depositadas, y las oficinas municipales de información al consumidor, donde puedes preguntar si una empresa acumula reclamaciones. Son fuentes lentas y poco vistosas, pero son las únicas que dicen algo real.

Advertencia sobre nuestro modelo

SolarHogar no instala. Conecta a quien busca una instalación con empresas que sí lo hacen, y puede percibir una compensación cuando una solicitud enviada desde esta web acaba en contacto comercial. Ese modelo se declara en la página de divulgación de afiliados enlazada en el pie. Lo decimos aquí porque conocer el incentivo de quien te informa forma parte de poder juzgar la información: por eso esta guía está escrita para que puedas comparar cualquier presupuesto, incluidos los que no salgan de aquí.

Después de la instalación: mantenimiento, seguro y vida útil

Una fotovoltaica doméstica es de las instalaciones con menos mantenimiento que puedes tener en casa, y precisamente por eso se abandona. Lo que hay que hacer es poco, pero conviene hacerlo.

Revisión y limpieza

La limpieza de los módulos suele resolverse con la lluvia en la mayor parte del país. Se vuelve relevante donde hay polvo en suspensión, obras cercanas, polen abundante, salitre o presencia de aves. Una limpieza al año, con agua sin cal y sin productos abrasivos, y hecha por quien tenga medios de seguridad, basta en casi todos los casos. La revisión técnica anual o bienal debería incluir estado de anclajes y sellados, apriete de conexiones, lectura de errores del inversor, comprobación de protecciones y contraste de la producción registrada con la esperada.

Monitorización: mira los datos una vez al mes

La avería más común no es espectacular: es una cadena que deja de producir o un optimizador caído, y la instalación sigue funcionando al 70 % durante meses sin que nadie se entere. Si tienes monitorización, dedica cinco minutos al mes a comparar la producción con la del mismo mes del año anterior. Una caída sostenida que no se explique por el tiempo merece una llamada.

Seguro del hogar

Comunica la instalación a tu aseguradora. Muchas pólizas de hogar cubren los paneles como parte del continente si están declarados, y algunas los excluyen si no se han comunicado. Es una llamada de cinco minutos que evita un disgusto tras una granizada o un temporal de viento. Pregunta también por la cobertura de daños eléctricos al inversor y por el capital asegurado, que a menudo se queda corto tras sumar el coste de la instalación.

Qué esperar a lo largo de los años

Los módulos pierden rendimiento de forma lenta y previsible: es la degradación que el fabricante recoge en su garantía lineal, y por eso a los veinticinco años siguen produciendo una parte alta de su potencia inicial. El elemento con vida más corta suele ser el inversor, que es electrónica de potencia trabajando a diario y que muchos propietarios acaban sustituyendo una vez a lo largo de la vida de la instalación. Cuenta con ese gasto al hacer tus números: una amortización que ignora la sustitución del inversor está incompleta. Las baterías se miden en ciclos además de en años, y su garantía suele expresarse como capacidad retenida tras un número de ciclos o al cabo de un plazo, lo que ocurra antes.

Preguntas frecuentes sobre instaladores de placas solares

¿Cómo sé si un instalador de placas solares está autorizado?

Pídele su número de empresa instaladora habilitada en baja tensión y la comunidad autónoma donde presentó la declaración responsable. Con ese dato puedes consultar el registro de empresas instaladoras de esa comunidad. Comprueba además que tiene categoría especialista para instalaciones generadoras y que su seguro de responsabilidad civil está al corriente de pago.

¿Cuántos presupuestos debería pedir?

Tres es el número que permite detectar tanto la oferta inflada como la sospechosamente barata. Lo importante no es la cantidad, sino que las tres respondan al mismo enunciado: mismo consumo anual, mismo tipo de cubierta, misma decisión sobre batería y mismo alcance de tramitación. Comparar ofertas con premisas distintas no sirve de nada.

¿Quién tramita el boletín eléctrico de la instalación?

La empresa instaladora habilitada. Elabora la memoria técnica de diseño (o el proyecto si la potencia lo exige), emite el certificado de instalación eléctrica y lo presenta ante el órgano de industria de la comunidad autónoma. Debe entregarte copia sellada. Si un presupuesto no incluye esta partida, la instalación te va a salir más cara de lo que parece.

¿Necesito permiso de acceso y conexión para el autoconsumo doméstico?

En la mayoría de viviendas, no. El Real Decreto 244/2019 exime de permisos de acceso y conexión a las instalaciones de generación de hasta 15 kW ubicadas en suelo urbanizado con las dotaciones y servicios exigidos por la legislación urbanística. Sí hay que hacer la comunicación a la distribuidora para activar la modalidad de autoconsumo en tu contrato.

¿Me pagan el dinero de la energía que vierto a la red?

Con la compensación simplificada no recibes dinero: se descuenta de tu factura. Además el valor de los excedentes de un periodo de facturación no puede superar el importe del término de energía consumida en ese mismo periodo, y el saldo sobrante no se traslada al mes siguiente. Por eso ahorra más consumir tu propia energía en el momento que verterla.

¿Merece la pena poner batería?

Depende de tu curva de consumo. Tiene sentido si consumes mucho de noche, si sufres cortes de suministro con frecuencia o si tu autoconsumo instantáneo se queda muy bajo por estar fuera de casa todo el día. Encarece la instalación y alarga la amortización, así que pide que te muestren el cálculo con y sin batería antes de decidir.

¿Puedo desistir si firmé con un comercial en la puerta de casa?

Sí. En contratos celebrados fuera de establecimiento o a distancia tienes catorce días naturales para desistir sin justificar el motivo, según el Real Decreto Legislativo 1/2007. La empresa debe informarte de ese derecho y darte el formulario; si no lo hace, el plazo se amplía. Comunica el desistimiento por un medio con acuse de recibo y no permitas que empiecen la obra mientras lo decides.

¿El Plan MOVES III cubre las placas solares?

No. El Plan MOVES III es un programa de movilidad eléctrica: financia la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. No subvenciona instalaciones fotovoltaicas ni bombas de calor. Las ayudas al autoconsumo se canalizan por otras vías, con convocatorias autonómicas y municipales que hay que consultar en cada caso.

¿Cuánto tarda una instalación de placas solares?

El montaje físico de una vivienda unifamiliar suele resolverse en una o dos jornadas de trabajo. Lo que alarga el proceso es la parte administrativa: certificado sellado, comunicación a la distribuidora, cambio del contrato y actualización del equipo de medida. Ese tramo depende de la distribuidora y de la comercializadora, y es donde conviene tener plazos comprometidos por escrito.

¿Qué garantía debe darme el instalador sobre la obra?

La garantía de instalación es distinta de la del fabricante. En el mercado se mueve entre dos y cinco años, y conviene negociarla al alza y exigir que mencione expresamente la estanqueidad de la cubierta y los anclajes. Como consumidor tienes además la garantía legal de conformidad de tres años sobre los bienes, fijada por el Real Decreto-ley 7/2021 para las compras posteriores al 1 de enero de 2022.

¿Puedo instalar placas solares en un piso o en una comunidad de vecinos?

Sí, mediante autoconsumo colectivo o instalando en el elemento privativo cuando lo hay. Requiere acuerdo de la comunidad y un reparto de coeficientes entre los participantes que se comunica a la distribuidora. El trámite es más largo que en unifamiliar y conviene que la empresa que elijas tenga experiencia concreta en comunidades, porque la parte administrativa pesa más que la técnica.

¿Por qué esta web no puntúa a los instaladores?

Porque no auditamos obras ni encuestamos a sus clientes, y publicar una nota sin datos detrás sería inventar. Preferimos darte los criterios con los que se juzga un presupuesto y las preguntas que revelan a una empresa seria. Si alguna vez ves aquí una nota, una estrella o un porcentaje de satisfacción sobre una empresa concreta, escríbenos: es un error y lo retiraremos.

Siguiente paso

Entra en la página de tu ciudad para ver qué empresas declaran cobertura en tu provincia, escribe el mismo enunciado a tres de ellas y usa la lista de veinte preguntas de esta guía en cada reunión. Si prefieres que te contactemos nosotros, puedes pedir presupuesto y comparar esa oferta con las que consigas por tu cuenta.

Guía informativa de carácter general. No sustituye al asesoramiento de un técnico competente ni al de un profesional jurídico o fiscal para tu caso concreto. La normativa citada y las convocatorias de ayudas cambian: comprueba siempre la versión vigente antes de tomar una decisión.