Deducción IRPF por placas solares: 20%, 40% o 60% explicados con ejemplo
Instalar placas solares no solo recorta la factura de la luz: bien tramitada, la inversión también puede recortar tu factura con Hacienda. La deducción estatal del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, creada por el Real Decreto-ley 19/2021, permite deducir el 20%, el 40% o el 60% de lo invertido, según la mejora energética que consigas acreditar. En esta guía te explicamos el mecanismo completo — tramos, bases máximas, certificados, forma de pago y declaración — con un ejemplo numérico paso a paso y una calculadora para estimar tu caso.
Índice de contenidos
- Qué es la deducción del IRPF por obras de eficiencia energética
- Los 3 tramos: 20%, 40% y 60% con sus condiciones exactas
- Qué tramo suele corresponder a una instalación de placas solares
- Requisitos imprescindibles: certificados, forma de pago y facturas
- Ejemplo numérico completo, paso a paso
- Calculadora: estima tu deducción
- Cómo se declara en la Renta
- Compatibilidades e incompatibilidades
- Errores que hacen perder la deducción
- Preguntas frecuentes
Qué es la deducción del IRPF por obras de eficiencia energética
Es una deducción estatal en la cuota del IRPF pensada para premiar las obras que mejoran la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales: aislamiento, cambio de ventanas, sistemas de climatización eficientes y, en lo que nos ocupa, instalaciones de autoconsumo fotovoltaico cuando logran la mejora exigida en el certificado energético.
Tiene tres características que conviene entender desde el principio. Primera: no es una subvención que te ingresen, sino un importe que restas de tu cuota del IRPF al hacer la declaración de la Renta; si tu cuota es pequeña, la deducción que puedas aprovechar también lo será. Segunda: el porcentaje no depende del tipo de obra, sino del resultado energético acreditado con certificados oficiales expedidos antes y después. Tercera: cada tramo tiene una base máxima anual, de modo que a partir de cierta inversión la deducción deja de crecer dentro del mismo ejercicio.
La deducción se aplica sobre las cantidades efectivamente pagadas por las obras (incluidos honorarios profesionales, redacción de proyectos y la expedición de los propios certificados energéticos), siempre que se paguen por medios bancarios, y descontando cualquier ayuda pública recibida por la misma actuación.
Los 3 tramos: 20%, 40% y 60% con sus condiciones exactas
El Real Decreto-ley 19/2021 creó tres deducciones distintas, cada una con su condición técnica, su base máxima y su ámbito de aplicación. Esta es la foto completa:
| Tramo | Base máxima | Condición que hay que acreditar | Ámbito |
|---|---|---|---|
| 20% | 5.000 €/año | Reducción de al menos el 7% de la demanda de calefacción y refrigeración (suma de indicadores del certificado energético) | Vivienda habitual o alquilada como vivienda |
| 40% | 7.500 €/año | Reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable, o mejora hasta clase energética A o B | Vivienda habitual o alquilada como vivienda |
| 60% | 5.000 €/año (máx. 15.000 € acumulados) | Obras de rehabilitación energética del edificio: reducción ≥30% del consumo de energía primaria no renovable o clase A/B del edificio | Edificios de uso predominantemente residencial (incluye obras de la comunidad) |
Tramo del 20%: reducir la demanda de calefacción y refrigeración
Exige que las obras reduzcan al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda. Es el tramo típico de obras de aislamiento o cambio de ventanas. La base máxima es de 5.000 € por año. Aplica a la vivienda habitual o a una vivienda alquilada (o en expectativa de alquiler) como vivienda.
Tramo del 40%: reducir el consumo de energía primaria no renovable
Exige acreditar una reducción de al menos el 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable, o que la vivienda alcance la clase energética A o B tras las obras. La base máxima es de 7.500 € por año. Este es el tramo al que suele optar una instalación fotovoltaica de autoconsumo, porque sustituir electricidad de red por generación solar reduce directamente ese indicador.
Tramo del 60%: rehabilitación energética del edificio
Pensado para obras que afectan al conjunto de un edificio de uso predominantemente residencial — por ejemplo, una instalación fotovoltaica comunitaria acordada por la comunidad de propietarios junto a otras actuaciones. Hay que acreditar, con los certificados del edificio, una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o el salto a clase A o B. La base máxima es de 5.000 € por año, pero con una particularidad: las cantidades no deducidas por exceder ese límite pueden deducirse en los 4 ejercicios siguientes, sin que la base acumulada supere los 15.000 €.
Qué tramo suele corresponder a una instalación de placas solares
La duda más habitual. La respuesta corta: en una vivienda unifamiliar, una instalación fotovoltaica bien dimensionada suele encajar en el tramo del 40%, porque el autoconsumo reduce el consumo de energía primaria no renovable que refleja el certificado; que llegue o no al 30% exigido depende del tamaño de la instalación respecto al consumo de la vivienda, y es el técnico certificador quien lo determina. El 20% rara vez aplica a unas placas fotovoltaicas por sí solas, porque estas no reducen la demanda de calefacción o refrigeración (producen electricidad, no aíslan la casa). Y el 60% es la vía natural de las instalaciones comunitarias en bloques de viviendas.
Por eso es clave hablar con el certificador energético antes de firmar la instalación: te dirá si tu proyecto puede alcanzar el umbral del tramo al que aspiras. Si estás en fase de comparar opciones, en nuestra guía de cuánto cuesta instalar placas solares tienes rangos de precios orientativos por potencia.
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Requisitos imprescindibles: certificados, forma de pago y facturas
Estos son los requisitos que la AEAT comprueba y que, si fallan, hacen perder la deducción entera:
- Certificado de eficiencia energética ANTES de las obras: expedido por técnico competente. Sirve uno emitido, como máximo, en los 2 años anteriores al inicio de las obras.
- Certificado de eficiencia energética DESPUÉS de las obras: es el que acredita la mejora (el ≥7%, el ≥30% o la clase A/B). Debe expedirse antes de que termine el plazo de vigencia de la deducción — otro motivo para confirmar las fechas del ejercicio en curso en la AEAT.
- Pago por medios bancarios: tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Lo pagado en efectivo no deduce, ni un euro.
- Facturas completas a tu nombre, con desglose de la actuación. Los honorarios del técnico y el coste de los certificados forman parte de la base.
- Restar las subvenciones: si recibes una ayuda pública por la misma instalación, esa cuantía se excluye de la base de deducción.
- Ámbito correcto: vivienda habitual o alquilada como vivienda (tramos 20% y 40%); no aplica a la parte afecta a actividades económicas ni, en general, a plazas de garaje, trasteros, jardines o piscinas.
Guarda todo el expediente (certificados, facturas y justificantes bancarios) durante los años de prescripción: es documentación que la Agencia Tributaria puede requerir.
Ejemplo numérico completo, paso a paso
Veámoslo con números redondos y realistas. Supón una vivienda habitual unifamiliar con este proyecto:
- Presupuesto de la instalación fotovoltaica (5 kW): 7.600 €, pagados por transferencia bancaria.
- Certificados de eficiencia energética (antes y después, honorarios del técnico): 400 €, también por transferencia. Coste total de la actuación: 8.000 €.
- Certificado previo: la vivienda parte de un consumo de energía primaria no renovable de 180 kWh/m²·año.
- Certificado posterior: tras la instalación, el indicador baja a 120 kWh/m²·año. Reducción: 60/180 = 33%, que supera el 30% exigido → corresponde el tramo del 40% (base máxima 7.500 €/año).
- Base de deducción: 8.000 € pagados − 0 € de subvenciones = 8.000 €; como supera la base máxima, se aplica el tope: base = 7.500 €.
- Deducción: 7.500 € × 40% = 3.000 € a restar de la cuota del IRPF en la declaración del ejercicio en que se expide el certificado posterior.
Fíjate en el matiz del tope: el 40% de 8.000 € serían 3.200 €, pero la base máxima anual de 7.500 € deja la deducción en 3.000 € si pagas todo en el mismo año, y el exceso se pierde en este tramo. Como el límite es por ejercicio sobre lo pagado cada año, repartir pagos entre dos ejercicios (siempre dentro del periodo de vigencia de la deducción y con el certificado posterior en plazo) puede permitir aprovechar la deducción completa — es exactamente el tipo de detalle que conviene planificar con un asesor fiscal antes de firmar.
Resultado final del ejemplo: la instalación de 8.000 € se queda en un coste efectivo de 5.000 € tras la deducción — y eso antes de contar la bonificación del IBI que muchos ayuntamientos aplican, que es compatible.
Calculadora: estima tu deducción
Calculadora de la deducción IRPF
Introduce lo que te ha costado (o te costará) la instalación y el tramo que te corresponde según el certificado energético. La calculadora aplica la base máxima legal de cada tramo.
Deducción estimada este ejercicio:
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Estimación orientativa, no es asesoramiento fiscal ni un presupuesto. La vigencia de la deducción se ha ido prorrogando año a año: confirma en la web de la AEAT (Agencia Tributaria) que sigue en vigor para el ejercicio en el que pagues las obras, y valida tu caso con un asesor.
Cómo se declara en la Renta
La deducción se practica en la declaración del IRPF del ejercicio en el que se expide el certificado posterior a las obras, e incluye las cantidades pagadas por medios bancarios desde que la norma lo permite hasta ese momento. En el programa Renta Web la encontrarás en el apartado de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas (dentro del anexo de deducciones de la declaración); ahí se consignan la referencia catastral, las cantidades pagadas, las fechas y los datos de los certificados. No indicamos números de casilla porque cambian entre campañas: localiza el apartado por su nombre o usa el buscador de Renta Web.
Si la comunidad de propietarios hizo la obra (tramo del 60%), cada propietario deduce en función de su coeficiente de participación en el gasto, con los justificantes que facilite el administrador.
Para verificar plazos, ejercicios cubiertos y criterios actualizados, la fuente es la propia AEAT: su web publica cada campaña la ficha de estas deducciones y un manual de Renta con los requisitos vigentes.
Compatibilidades e incompatibilidades
- Compatible con la bonificación del IBI (impuesto municipal) y con la bonificación del ICIO: son tributos distintos gestionados por tu ayuntamiento. Lo explicamos en la guía de la bonificación del IBI por placas solares.
- Compatible con subvenciones autonómicas o europeas, pero con matiz esencial: la cuantía subvencionada se resta de la base de la deducción. No puedes deducir por dinero que no has soportado tú.
- Los tres tramos no se acumulan entre sí por la misma obra: uno solo por actuación.
- Algunas comunidades autónomas tienen deducciones propias en su tramo autonómico del IRPF, con reglas distintas a la estatal. Mira lo que aplica en tu territorio: deducción IRPF en Madrid, deducción IRPF en Andalucía y deducción IRPF en Cataluña.
Para hacerte una idea global de todo lo que puedes combinar (deducción estatal, ayudas y bonificaciones locales), prueba también nuestra calculadora de subvenciones solares.
Errores que hacen perder la deducción
- No hacer el certificado energético previo antes de empezar la obra (o tenerlo caducado, con más de 2 años). Sin el «antes», no se puede acreditar la mejora.
- Pagar en efectivo todo o parte: esa parte queda fuera de la base, sin excepción.
- Expedir tarde el certificado posterior, fuera del plazo de vigencia de la deducción del ejercicio.
- No restar la subvención recibida y deducir por el total: es una regularización casi segura si la AEAT cruza datos.
- Dar por hecho el porcentaje sin hablar con el certificador: si la mejora se queda en el 25% de reducción del consumo de energía primaria no renovable, no hay tramo del 40% (ni del 20%, si la demanda no baja un 7%).
- Asumir que la deducción sigue vigente sin comprobarlo: se ha prorrogado año a año, pero cada prórroga hay que confirmarla en la AEAT.
Guía por email: fiscalidad y ayudas de tu instalación solar
Te enviamos la guía del cluster de subvenciones: deducción IRPF (con checklist de documentos), bonificación de IBI e ICIO y cómo verificar cada ayuda en su fuente oficial antes de firmar nada.
Sin spam. Podrás darte de baja con un clic.
Preguntas frecuentes
¿Sigue vigente la deducción del IRPF por placas solares?
La deducción se introdujo con el Real Decreto-ley 19/2021 con una vigencia inicial limitada, y desde entonces se ha ido prorrogando año a año. Antes de contar con ella, confirma en la web oficial de la AEAT (Agencia Tributaria) o con un asesor fiscal que sigue en vigor para el ejercicio en el que vas a pagar las obras.
¿Qué porcentaje me corresponde por instalar placas solares?
Depende de lo que acrediten tus certificados de eficiencia energética, no del tipo de obra en sí. En viviendas, una instalación fotovoltaica suele optar al tramo del 40% cuando el certificado posterior acredita una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o el salto a clase A o B. El 20% exige reducir un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, algo que unas placas fotovoltaicas por sí solas no suelen conseguir. El 60% es para rehabilitaciones energéticas de edificios completos.
¿Puedo deducir si pagué la instalación en efectivo?
No. Solo dan derecho a deducción las cantidades pagadas por tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Los importes pagados en efectivo quedan expresamente excluidos de la base de deducción.
¿Necesito certificado de eficiencia energética antes y después de la obra?
Sí, es el requisito central. Necesitas un certificado previo (sirve uno expedido como máximo en los 2 años anteriores al inicio de las obras) y otro posterior que acredite la mejora conseguida. Sin ambos certificados, expedidos por técnico competente, no hay deducción.
¿Qué pasa si he recibido una subvención por la misma instalación?
Las cuantías subvencionadas se restan de la base de deducción: solo puedes deducir por la parte del coste que realmente has soportado tú. Es una de las comprobaciones habituales de la AEAT.
¿Vale para una segunda residencia?
Los tramos del 20% y 40% se aplican a la vivienda habitual del contribuyente o a una vivienda alquilada como vivienda (o en expectativa de alquiler, con plazos concretos). No se aplican a la parte de la vivienda afecta a una actividad económica. Para casos particulares, consulta la normativa vigente en la AEAT o con un asesor.
Siguiente paso: presupuesto con la fiscalidad bien atada
La deducción del IRPF puede devolverte miles de euros, pero se gana o se pierde en los detalles: certificados en plazo, pagos bancarios y el tramo correcto. Un buen instalador te lo deja resuelto desde el presupuesto. Nosotros te ponemos en contacto con 3 instaladores certificados de tu zona para que compares precios y te asegures de que el proyecto incluye los certificados energéticos: es gratis y sin compromiso. Y si quieres afinar números antes, revisa qué cuesta una instalación en 2026 o pasa por la calculadora de subvenciones.
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